Por: Jesús Santa Rodríguez
El estado de deterioro de muchas propiedades en los cascos urbanos tradicionales ha sido motivo de críticas, y con razón. Muchos le imputan esta responsabilidad a los gobiernos municipales. Sin embargo, la mayor parte de estas propiedades abandonadas tienen dueños o herederos que no las mantienen, y descargan esa responsabilidad a los municipios, lo que representa una inversión elevadísima para estos. Asimismo, la insuficiencia en el inventario de viviendas accesibles para la clase trabajadora ha sido tema puntual para la discusión pública.
Consciente de la importancia de atender estos retos, la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de mi autoría para enmendar varias secciones del Código de Incentivos de Puerto Rico, a los fines de establecer un nuevo estímulo que fomente el desarrollo de viviendas en los centros urbanos.
Esta medida, que establece criterios y condiciones específicas para poder solicitar y disfrutar de estos incentivos, busca no solo evitar el continuo deterioro de muchas propiedades abandonadas en los cascos urbanos, sino resolver el problema de necesidad de vivienda para una creciente clase profesionales, la repoblación de estos lugares y más seguridad.
El requisito es que la inversión sea superior a un millón de dólares. Entre los alicientes se encuentra una exención del 75% sobre las contribuciones municipales y estatales sobre la propiedad mueble e inmueble. También, un 50% de exención sobre las patentes, arbitrios y otras contribuciones municipales impuestas por cualquier ordenanza municipal durante los periodos cubiertos en el Decreto. Asimismo, los negocios exentos y sus contratistas estarán exentos hasta el 75% de cualquier impuesto, derecho, licencia, arbitrio, tasa o tarifa impuesta por cualquier ordenanza municipal sobre la construcción de obras a ser utilizadas por dicho negocio.
La aprobación de esta ley no solo ayudará a mejorar la habitabilidad de los centros urbanos. También, resolverá los problemas de falta de vivienda asequible, ya sea mediante la venta de estas propiedades como a través del alquiler razonable, pues otorga una exención sobre la renta que generen estas viviendas. Del mismo modo, impulsar la reconstrucción de propiedades abandonadas y en desuso evita o minimiza el desarrollo de viviendas en terrenos que pueden ser útiles para otros desarrollos, reduce la tala de árboles y otros impactos ambientales, y requiere una inversión menor que iniciar una construcción.
Otra ventaja de esta Ley es que, al rehabilitarse propiedades en desuso y deterioradas, los municipios no tienen que continuar invirtiendo en mantener adefesios y estructuras inútiles que muchas veces hacen las veces de hospitalillos, permitiendo a los gobiernos municipales invertir y dedicar recursos a otras iniciativas y servicios dirigidos a los componentes sociales que más los necesiten, como la infraestructura vial y el cuido de personas vulnerables.
Finalmente, restablecer estos bienes propenderá a mayor actividad económica, impulsando el desarrollo de más comercios para suplir las necesidades de la comunidad. Asimismo, mejorará la seguridad y el bienestar de los residentes y visitantes de los centros urbanos.
Más allá de criticar el problema sin aportar soluciones, busquemos repoblar y revitalizar estos sectores, pues es vital para el desarrollo social y económico ordenado y sostenido de nuestros municipios.
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