Editorial Semana
¿Cómo desheredar a un heredero?

Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno
Las leyes relacionadas a la herencia establecen quiénes son los herederos forzosos y existen razones en la ley para inhabilitar que una persona se convierta en heredera. El Código Civil enumera las razones para que se pueda desheredar un heredero forzoso. Algunas de estas razones pueden ser levantadas por los demás herederos y otras tienes que estar expresamente descritas en un testamento.
La ley establece quiénes son las personas que tienen la capacidad para ser herederos, que son las personas naturales o las personas jurídicas, como sería una corporación. El Código Civil reconoce unos impedimentos para heredar, se conocen como las causas de indignidad. El heredero que comete estos actos queda inhabilitado para heredar.
El Código Civil dispone cuáles son las causas de indignidad: (1) la persona que abandona o maltrata físicamente al causante; (2) el convicto por atentar contra la vida del causante, su cónyuge, descendientes o ascendientes; (3) el convicto por acusar o denunciar falsamente al causante de la comisión de un delito; (4) la persona que no cumple con la obligación de alimentar al causante; (5) la persona que engaña al testador a revocar o modificar su testamento; (6) el que oculte o destruye el testamento del causante.
Para reclamar que una persona es incapaz para heredar por las causas de indignidad se tiene que presentar una causa de acción ante los tribunales. Esta causa de acción debe ser presentada por los demás herederos y tienen un plazo de cuatro años para presentarla. Si el tribunal declara a un heredero indigno y estaba en la posesión de los bienes heredados, tendrá que devolverlos al caudal hereditario.
Además de las razones mencionadas anteriormente, el Código Civil establece unas razones adicionales para desheredar. La desheredación es cuando se le priva a un heredero de su derecho a la herencia. La desheredación tiene que expresarse en un testamento.
Las razones para desheredar dependerán del tipo de heredero que sea la persona. Para los descendientes son justas causa: (1) haberle negado los alimentos al testador; (2) haber maltratado o atentado contra la vida del testador; (3) haber sido negligente en tomar a su cuidado al testador cuando estaba enfermo.
Las causas para desheredar a un ascendiente son: (1) haber sido privado de la patria potestad del testador; (2) haber negados alimentos al testador; (3) haber maltratado o atentado contra la vida del testador; (4) haber sido negligente en tomar a su cuidado al testador cuando estaba enfermo; (5) haber atentado uno de los progenitores contra la vida del otro.
Para desheredar al cónyuge son razones las siguientes: (1) haber sido privado de la patria potestad sobre los hijos comunes; (2) negar los alimentos al testador; (3) haber maltratar o atentar contra la vida del testador; (4) haber sido negligente en tomar a su cuidado al testador cuando estaba enfermo.
La reconciliación posterior entre el desheredado y el testador deja sin efecto la desheredación. Si el desheredado niega la causa de la desheredación, les corresponde a los demás herederos demostrar que dicha causa es cierta. Si no lo pueden demostrar, la desheredación no tendrá efecto. Recordemos que el testamento es el acto donde una persona expresa su última voluntad. Para que una desheredación sea válida, tiene que ser por una de las causas que establece la ley. El acto de desheredación priva a los herederos forzosos de su participación en el caudal hereditario.
La herencia comprende los bienes y obligaciones de una persona, que no terminan con la muerte de una persona. Por eso es por lo que escuchamos con frecuencia, que heredamos los bienes y las deudas. Las herencias están designadas para los herederos forzosos, que son los hijos y el cónyuge, si no hay hijos o esposo, heredan los padres. Para certificar quiénes son los herederos, debe hacer una declaratoria de herederos, si no se hizo testamento y podrían considerarse las causas de indignación para que alguien no herede.
Las personas pueden hacer un testamento, si desean dividir su herencia de una forma distinta a la que dispone la ley. Por supuesto, aún haciendo un testamento, hay que salvaguardar una parte de la herencia para los herederos forzosos. Pero una vez se cumpla con la ley, el resto de la herencia puede ser dividida como desee el testador y pueden ser expresadas las causas para desheredar alguno de los herederos forzosos.
La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, búsquenos en Facebook, visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.