top of page
Buscar
  • Foto del escritorEditorial Semana

¿Cómo dividimos las herencias?

Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno


Las divisiones de herencia son un asunto de múltiples trámites que en muchas ocasiones no se terminan. Es muy común que las personas se queden viviendo en la casa que era de sus padres u otros familiares y nunca se trabaje el asunto de dividir la herencia.

Cuando fallece una persona surge una comunidad hereditaria. Esto quiere decir que los bienes dejados por esa persona que falleció pertenecen a todos los herederos y no a una persona específica. Para poder adjudicar un bien a un heredero es necesario llevar a cabo los trámites legales para dividir la herencia. El resultado de no dividir la herencia lo hemos visto con frecuencia, luego del paso de los Huracanes Irma y María y los terremotos, la gravedad de esta situación salió a relucir al encontrarse miles de personas con dificultad para obtener las ayudas ofrecidas por la distintas agencias gubernamentales. Además, en muchas ocasiones, trae controversias entre los herederos.


La manera de establecer qué bienes le corresponde a cada persona, miembro de la comunidad hereditaria, es llevando a cabo la partición de la herencia. Nuestras leyes disponen que las herencias se dividirán de una de tres maneras: 1) si hubo testamento, de la manera que haya dispuesto el testador; 2) por el acuerdo unánime de los co-herederos; y 3) por la vía judicial, si no se logra un acuerdo entre los herederos.


Cuando fallece un ser querido y hay bienes que dividir, el primer paso a seguir es determinar si esa persona otorgó un testamento. Si este se hizo ante un Notario, estará registrado en el Registro de Testamentos. Para hacer está diligencia deberá tener el certificado de defunción disponible y completar un formulario de Solicitud de Certificación Negativa o Acreditativa de Testamento. Dicha solicitud se somete a la correspondiente oficina de Registro de Testamentos.


Si la persona hizo testamento ante Notario, se le enviará una certificación indicando los datos de la escritura y la información del Notario. Si no lo hizo, la Oficina de Registro de Testamentos certificará que no hay testamento registrado y debe proceder con el trámite de la Declaratoria de Herederos.


La Declaratoria de Herederos es un trámite legal que certifica quiénes son los herederos de la persona fallecida. Requiere que se pruebe mediante certificados de nacimiento y de defunción las personas que heredan. Quien hereda en ausencia de testamento lo determina la ley. En primer lugar los hijos y el cónyuge; en se ausencia, heredan los padres.


Una vez se determinan los herederos, sea por testamento o declaratoria de herederos, se tramitarán gestiones con el Departamento de Hacienda. Es un requisito, para dividir las herencias, someter una planilla de contribución de caudal relicto, que se conoce popularmente como la planilla de herencia. Ésta se debe radicar luego de hacer el trámite de declaratoria de herederos. Si hay testamento, se puede solicitar inmediatamente. En esta, se reportan los bienes que tenía la persona fallecida y las deudas pendientes.


Una vez el Departamento de Hacienda evalúa la planilla, emite una Certificación de Gravamen, conocida popularmente, como relevo de Hacienda. Si hay propiedades se debe trabajar un documento llamado Instancia para informar al Registro de la Propiedad que su dueño falleció y se inscribe la titularidad a favor de los herederos. Este es necesario si interesa vender la propiedad que está en un caudal hereditario o adjudicar una a uno de los herederos.


Luego de estos trámites, se puede trabajar la división de la herencia. Si no hay desacuerdos entre los herederos, la partición se puede hacer mediante una escritura pública ante un Notario. Si hay un testamento, la división se hará según lo indique; si hay una declaratoria de herederos, la división se hace según la ley. Si no hay acuerdo o existe alguna controversia, los herederos deberán acudir al tribunal para determinar la correspondiente división. Si uno de los herederos es menor de edad o judicialmente incapacitado, será necesario recurrir al tribunal para que este autorice la venta de la propiedad, si es el deseo de los herederos que se venda la misma.


De lo expuesto anteriormente, podrán notar que los procesos de división de herencia son varias gestiones que dependen unas de otras. Es recomendable asesorarse legalmente para asegurar la validez de los trámites y no surjan complicaciones posteriores en el proceso de la partición. Lo invitamos a compartir esta información con sus allegados para que conozcan un poco sobre el tema.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a la oficina del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, búsquenos en Facebook, o visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

17 visualizaciones

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page