La Defensa de la Prescripción
- Editorial Semana

- 10 jul
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Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno
En términos generales una deuda no desaparece hasta que la misma se paga, pero la ley le impone a los acreedores límites de tiempo para cobrar esas deudas. Ese límite de tiempo se conoce como la prescripción. La prescripción es una defensa que se levanta cuando una acción no se lleva a cabo en el término que dispone la ley.
En asuntos de cobro de dinero, existen distintos términos para que el acreedor cobre una deuda. El límite de tiempo puede variar según el tipo de deuda que se pretende cobrar.
El periodo de prescripción en los asuntos de cobro de dinero desde que comienza el atraso y si existe una sentencia, desde que la misma es final y firme. Este defensa no opera automáticamente, tiene que ser levantada por el deudor.
La prescripción puede ser interrumpida,
Una vez el juez decreta el embargo, se fija una fecha para el embargo de los bienes. En esa fecha el acreedor y el deudor se deben reunir para determinar el valor de los bienes y que el acreedor escoja los bienes que desea embargar. El embargo de bienes será por la cantidad de la deuda, más los gastos del pleito y los honorarios de abogado. Si el embargo es del salario, se emite una orden a su patrono para que le descuenten hasta el máximo permitido y se le envié el dinero al acreedor.
Hemos reseñado anteriormente la protección que le brinda el acta de Hogar Seguro sobre su residencia principal. Al tener la propiedad protegida mediante la escritura e inscrita en el Registro de la Propiedad, no estará disponible para embargarse.
Es muy común que un acreedor que tenga una cuenta por cobrar la venda a otra compañía con un descuento y esa entidad sea quién le cobre la deuda. Las deudas que surgen por un acuerdo entre las partes, se pueden cobrar hasta 15 años. Como regla general esa nueva entidad que adquiere la deuda, es sumamente agresiva en sus gestiones de cobro. Es muy común que se anoten embargos en el Departamento de Transportación y Obras Públicas y no se le permita renovar el marbete del vehículo hasta que se remueva el embargo. El embargo será removido cuando se pague la deuda. También en muy común los embargos de salario, ya que se permite embargar el 25% del salario hasta que se salde la deuda. Son mecanismos que vemos a diario en nuestro país.
Si usted está ante una situación que pueda ser objeto de un embargo, lo recomendable es que intente negociar con el acreedor y llegue a un acuerdo de pago. Usualmente en esta etapa, le van a requerir el pago de la deuda, con un descuento. Es poco común que le concedan un plan de pago.
Otra protección que se utiliza para paralizar los embargos, es la presentación de una petición de quiebra. La presentación de una petición de quiebra paraliza las gestiones de cobro y por ende, los embargos de los bienes. Es un mecanismo sumamente útil si una persona está en una situación como esta y paraliza cualquier gestión de embrago.
Si usted tiene deudas en atraso, es recomendable que consulte con un abogado antes de que lo demanden, para evaluar opciones de protección y de negociación. Siempre será más fácil negociar con un acreedor antes de que se presente una demanda en su contra. Una vez se obtiene una sentencia, será más difícil y costoso tratar de negociar y revertir una orden de embargo.
La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a la oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, o visite nuestra página web:





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