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Foto del escritorEditorial Semana

La Utilidad del Poder Duradero

Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno


El Poder Duradero es un documento que debemos considerar para que estén en orden nuestros asuntos personales ante la eventualidad de una incapacidad. Este le permitirá retener control de sus activos y asuntos de salud, brindándole la oportunidad de seleccionar qué persona estará a cargo de esas circunstancias, si usted recae con una condición que lo incapacite. Otorgado a tiempo, puede evitarle contratiempos a familiares que cuidarán de usted, cuando no pueda valerse por sí mismo.


En términos generales, los poderes en Puerto Rico se hacen mediante una escritura pública ante un notario. La persona que otorga el poder se le conoce como poderdante y a quien se nombra se conoce como el apoderado. Esa persona que se nombra apoderado, debe gozar de la confianza plena de quién lo designa. El poderdante tiene que estar capacitado para suscribir el poder y sus facultades mentales no pueden estar comprometidas.


El Poder Duradero tiene la particularidad de que se mantiene vigente y válido aún si la persona que suscribió el poder se incapacita. Esta es la diferencia principal entre el poder duradero y uno general o específico. Los poderes mantienen su vigencia hasta que una persona se incapacita, pero el duradero se mantiene vigente aún ante una situación de incapacidad. Esta particularidad hace de este poder una herramienta de gran importancia para mantener el control de sus bienes y su persona, según vamos envejeciendo.


En el Poder Duradero se puede incluir y especificar cómo se manejarán sus bienes. No permite que su residencia principal sea vendida sin autorización del tribunal. Permite otorgar al apoderado la facultad para vender otros bienes y administrarlos. De igual manera, puede autorizarlo a tener acceso a sus cuentas bancarias y otros asuntos financieros.


De igual manera, se puede designar que el apoderado pueda tomar decisiones sobre sus asuntos de salud. Puede especificar qué tratamientos médicos desea recibir y delegar la toma de decisiones sobre los mismos al apoderado. Además, le da acceso a solicitar copia de su expediente médico, resultados de estudios y obtener medicamentos a su nombre.


El Poder Duradero se mantendrá vigente hasta que se revoque, si renuncia el apoderado, por la muerte del poderdante o por la quiebra del apoderado. Si el Poder Duradero se va a revocar, debe ser por escritura pública. Si no lo tiene hecho y se incapacita, el tribunal será el encargado de nombrar el tutor y de declararlo incapaz. Este procedimiento es extenso y costoso, ya que requiere que un médico asista al tribunal a certificar que la persona está incapacitada.


El poder es un documento muy útil que puede facilitar muchas gestiones para quien no puede llevar a cabo actos específicos, sea por la distancia o alguna otra razón. Si tiene alguna gestión que entienda que el poder podría facilitársela, busque asesoramiento con su abogado notario para hacerlo válidamente, ya que requiere ciertas formalidades que únicamente un notario puede hacer.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, comuníquese a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, visite nuestra página de Facebook bajo Estudio Legal Rodríguez Moreno o nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

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