Pasos para vender propiedades heredadas


Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno
Abogada Notario
Vender una propiedad hereditaria conlleva múltiples pasos. El hecho de que se hereda una propiedad no quiere decir que puede disponer de la misma de manera inmediata. Hay que llevar a cabo múltiples gestiones para que se puedan hacer transacciones con la propiedad.
El primer paso es verificar si la persona fallecida dejo un testamento o hay que hacer una declaratoria de herederos. Si no hay un testamento, hay que conseguir los documentos requeridos y hacer la declaratoria de herederos. Este proceso en ocasiones se complica si hay múltiples personas fallecidas. Por otro lado, si hay un testamento, hay que revisar el mismo para verificar si las personas nombradas en el mismo están disponibles o hay que hacer gestiones adicionales.
Mientras se verifican el asunto hereditario, hay que cotejar quien es el dueño de la propiedad. En ocasiones, las propiedades tienen más de un dueño, esto ocurre comúnmente entre parejas casadas. Si todos los dueños han fallecido, hay que hacer las gestiones hereditarias para cada persona fallecida. En esta etapa es prudente hacer un estudio de título. El estudio de título, además de verificar la titularidad de la propiedad, reflejará si hay gravámenes que haya que cancelar antes de vender la misma. Esto ocurre comúnmente por las personas no cancelar sus hipotecas al momento de saldar las mismas.
Una vez resueltos los asuntos del testamento y o declaratorias de herederos, hay que trabajar los trámites con el Departamento de Hacienda. Para cada causante hay que preparar una planilla de caudal relicto. Esta planilla será revisada por la agencia y si el causante no tenía deudas con el gobierno se emitirá un relevo para que se puedan hacer transacciones con la propiedad.
Paralelamente se debe ir haciendo las gestiones con el CRIM. Si uno de los herederos sigue viviendo la propiedad deberá solicitar la exención contributiva para evitar que le cobren las contribuciones retroactivas al momento del fallecimiento del causante. Esto se debe resolver antes de poner la propiedad a la venta para evitar dilaciones en el proceso.
Una vez se obtiene el relevo del Departamento de Hacienda, hay que inscribir la resolución de declaratoria de herederos o testamento en el Registro de la Propiedad. La propiedad tiene que estar a nombre de los herederos para que la misma se pueda vender o transferir.
Una vez están todos estos asuntos resueltos, se debe verificar si todos los herederos estarán disponibles para firmar la escritura de compraventa. Si no están disponible tienen que comparecer mediante un poder. Si viven fuera de Puerto Rico tiene que trabajarse una protocolización de poder y toma algún tiempo trabajar estos asuntos.
Por último, y no menos importante, es establecer que haya un acuerdo sobre el precio de vento o valorización de la propiedad para que se lleve a cabo la distribución de esa herencia. Esto hay resolverlo antes de la compraventa para que se puedan emitir los cheques a nombre de cada heredero y se trabaje el asunto de los gastos legales.
Es importante estar asesorado adecuadamente para que se pueda llevar a cabo el proceso de venta sin dilaciones ni inconvenientes. Son múltiples pasos necesarios y el omitir o dilatar alguno de ellos, conllevará el atraso en el proceso de la compraventa o transferencia a uno de los herederos de la propiedad.
La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, o 939-866-2301, visite nuestra página de Facebook bajo Estudio Legal Rodríguez Moreno o nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.


