Alternativas para divorciarse
- Editorial Semana

- 17 jul
- 3 Min. de lectura

Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno
Actualmente existen varias opciones para las parejas que desean divorciarse en Puerto Rico. Los procesos de divorcios se han simplificado enormemente al imitar las causales de divorcio y ofrecer la alternativa de divorciarse ante los notarios.
El primer requisito que se tiene que cumplir para divorciarse en Puerto Rico, ya sea por la vía judicial o notarial, es que al menos uno de los cónyuges resida en Puerto Rico por un año antes de la radicación o petición, de manera continua, ininterrumpida e inmediata. Este requisito es de estricto cumplimiento.
Existen dos causales de divorcio, consentimiento mutuo y ruptura irreparable. Para tramitar un divorcio por consentimiento mutuo, los cónyuges tienen que estar de acuerdo sobre todos los asuntos que tendrán su finalidad al momento del divorcio, entiéndase división de los bienes y deudas, custodia de hijos, pensión alimentaria, etc. La ruptura irreparable no requiera que exista ninguna acuerdo sobre los asuntos que terminan al momento de la disolución del matrimonio. Se utiliza esta causal cuando no se pueden alcanzar los acuerdos requeridos para un trámite de consentimiento mutuo, pero se conserva la confidencialidad de las razones que llevan a la disolución del vínculo matrimonial.
El divorcio en la sede notarial es una alternativa para las parejas que desean divorciarse y no acudir a un tribunal para que se lleve a cabo el mismo. Ambos cónyuges tienen que estar disponible para firmar la escritura de divorcio. Cualquiera de los dos causales de divorcio están disponible en sede notarial. Ciertamente para que se pueda llevar a cabo en la oficina del notario, ambas partes deben estar de acuerdo en divorciarse y el proceso no puede ser contencioso. Si existen controversias que no se pueden aclarar, el divorcio se debe llevar ante un tribunal para que un juez dilucide la controversia de manera imparcial.
Para tramitar el divorcio por consentimiento mutuo en sede notarial, la pareja debe suscribir unas estipulaciones, asesorados por sus respectivos abogados, que incluyan todos los asuntos relacionados a la división de bienes, y se otorgará a escritura de divorcio. Se debe certificar en la estipulación que el asesoramiento incluye las consecuencia del incumplimiento de las obligaciones suscritas en el acuerdo, además de expresar que dicho acuerdo fue libre y voluntario.
Si el divorcio es por ruptura irreparable, los cónyuges certificarán la existencia de diferencias irreconciliables que causaron la ruptura matrimonial y su voluntad para divorciarse, no hay necesidad bajo esta opción de suscribir estipulaciones. Dicha escritura será notificada al Registro Demográfico por el notario para la inscripción del divorcio.
Existen situaciones en la que la única alternativa para divorciarse sea a través del tribunal. Una es cuando la pareja tiene bajo su custodia algún incapacitado. En esta instancia, por su delicadeza, la ley reservó la exclusiva competencia a los tribunales.
Otra situación que se maneja a través de los tribunales es cuando el cónyuge que desea divorciarse desconoce el paradero del otro cónyuge o vive fuera de Puerto Rico. En estos casos se debe tramitar un emplazamiento mediante edicto y a través del tribunal es que existe este procedimiento.
Los divorcios a través de los tribunales son finales y firmes 30 días después de dictada la sentencia. Los divorcios en sede notarial son efectivos desde el día de la firma de la escritura de divorcio.
Si usted se quiere divorciar debe asesorarse para conocer las distintas alternativas que tiene disponible. Lo invitamos a compartir esta información, si conoce de alguna persona que pueda serle útil.
La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, búsquenos en Facebook, visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.





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