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Esencial reenfoque del tributo a las foráneas


Por: Jesús Santa Rodríguez


Uno de los temas principales sobre asuntos tributarios y presupuestarios es el impuesto a las “compañías foráneas”, que durante los últimos diez años han aportado cerca del 22% de nuestro Presupuesto General. No obstante, muchos no conocen cómo funciona este impuesto y sus implicaciones al fisco y la economía general del País. Analicemos.


Las “compañías foráneas” son empresas internacionales que tienen su sede en algún lugar del mundo, pero su operación manufacturera se encuentra en Puerto Rico. Estas empresas se concentran en manufacturar productos en dos áreas importantes para la economía por su alto valor agregado: alta tecnología y medicamentos. Estas representan cerca de la mitad del total de nuestra economía, un segmento mayoritario de las exportaciones, y sobre una quinta parte del presupuesto del Fondo General. La mayor aportación tributaria de estas compañías comenzó con la aprobación de la Ley 154-2010, la cual estableció un arbitrio de 4% a las compras internacionales que hacían las empresas desde nuestro territorio. Es decir, si la empresa A, establecida en Puerto Rico como “compañía foránea”, compra equipo o materia prima a empresa similar fuera del territorio, esa transacción de compraventa paga un arbitrio de 4% a nuestro gobierno. Dichos recaudos anuales han fluctuado entre $1,500 millones y $1,900 millones durante los pasados diez años.


Durante el período en que cobramos el arbitrio, el Departamento del Tesoro Federal y el Internal Revenue Service permitieron que las empresas foráneas que pagan 4% de arbitrio localmente pudieran deducirlo de su planilla federal. Por lo tanto, pagar este arbitrio aquí era neutral para estas empresas porque no tenían que pagarlo al tesoro estadounidense. Ahora, enfrentamos el reto de que las instituciones federales ya no permitirán que estas empresas que pagan arbitrio en Puerto Rico, puedan deducirlo de su planilla federal a partir de 2023. Esto nos coloca en una situación de menor competitividad, porque estas empresas tendrían que pagar tanto aquí como en Estados Unidos.


Para enfrentar la situación, en la Cámara de Representantes hemos radicado medidas que nos permitan transicionar de un arbitrio de 4% a una contribución sobre ingreso por parte de estas empresas, pudiendo estas deducir el 80% de lo pagado al gobierno. Si estas medidas se convierten en ley, estas empresas tendrán certeza jurídica de cuánto deben pagar al fisco por los próximos años, mientras nuestro País mantiene competitividad, y un nivel de recaudo que cumpla con las expectativas del Plan Fiscal, el Departamento de Hacienda y la Asamblea Legislativa.


En una coyuntura económica marcada por la inflación descontrolada y la incertidumbre económica debido a situaciones fuera de nuestro control, cruzarnos de brazos resultaría en un colapso presupuestario con consecuencias duras para nuestra sociedad. Como legisladores, tenemos el deber y la facultad de fiscalizar al gobierno y presentar propuestas que permitan ingresos públicos saludables y un gasto gubernamental responsable, retando los desafíos y la complejidad de estos con creatividad, estrategia y despliegue efectivo, en lugar de enajenación e inacción.

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