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La Tutela.

  • Foto del escritor: Editorial Semana
    Editorial Semana
  • hace 11 horas
  • 3 Min. de lectura

Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno

Abogada Notaria Tel: 787-603-5199


El deterioro de una persona que no pueda tomar decisiones sobre su persona y asuntos financieros se debe atender con delicadeza y mucha seriedad.  Cuando comenzamos a observar que ese ser querido no está tomando las decisiones correctas al momento de administrar sus bienes y sus asuntos personales, es un momento en que se debe tomar acción para protegerlo.  En ese momento se debe buscar orientación para declarar a ese familiar incapaz y solicitar un nombramiento de tutor.


La tutela es la relación legal que permite que una persona se haga responsable por otra.  Para poder convertirse en tutor legal de una persona hay que llevar a cabo el procedimiento de declararla incapaz.  Esto se hace atrás de un proceso judicial, en el que un tribunal declara a una persona incapaz de administrar sus bienes y brindar su consentimiento en los asuntos legales que se requiera. 


Para solicitar la Declaración de Incapacidad y Nombramiento de Tutor, hay que someter una Petición ante el Tribunal. Este procedimiento de declaración de incapacidad es totalmente distinto al procedimiento de declaración de incapacidad y nombramiento de tutor bajo la Administración de Seguro Social y el Departamento de Veteranos.  Hasta que un tribunal no declare a una persona incapaz, se entiende que está capacitada para administrar sus bienes y persona.


El procedimiento judicial se llevará a cabo en el tribunal que le corresponda, por la residencia del presunto incapaz. Se requiere que se celebré una vista y, en la misma se presentará evidencia que demuestre la incapacidad. Parte de la evidencia requerida es que declare un médico sobre la condición de salud de la persona. Ese testimonio tiene que estar basado en la evaluación médica que hace el doctor, y la conclusión de que la condición de salud que presenta es una que no le permite tomar decisiones. Además, se debe establecer que la condición es una de carácter permanente e irreversible.  La persona que solicita la tutela viene obligada a testificar para aceptar el cargo. La Petición debe ser acompañada de varios documentos requeridos, entre ellos un inventario de bienes y deudas de la persona que se solicita la incapacidad.


En estos procedimientos también comparece la Procuradora de Relaciones de Familia. La figura del Procurador es quien defiende los derechos del que se solicita se declare incapaz y se asegura de que se lleven a cabo todos los procesos requeridos.


¿Quién puede solicitar ser tutor? Pueden solicitarlo el esposo(a), los hijos, nietos, padres, hermanos y cualquier persona que le interese. La ley nos dice quiénes no pueden ser tutores, y nos dice cuáles son las obligaciones del tutor. Además, el tutor tiene que prestar una fianza que fijará el tribunal; están exentos de prestar fianza algunas personas.


Una vez se nombre tutor de una persona, el tutor está obligado a rendir informes anuales en cuanto a los bienes del tutelado. Además, hay que inscribirse en el Registro de Tutelas. Cuando se obtiene la designación de tutor, se comienza con la obligación de administrar los bienes y cuidar de la persona. Existen algunas transacciones que requerirán autorización judicial para poder hacerlas.


Hemos reseñado anteriormente el tema de los poderes duraderos, que si el mismo se otorga a tiempo, puede evitarle a los familiares del incapaz los contratiempos que conlleva el nombramiento de tutor por la vía judicial.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a la oficina del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199 , o 939-866-2301, búsquenos en Facebook, o visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

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