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Las Herencias y Planillas de Caudal Relicto

Foto del escritor: Editorial SemanaEditorial Semana



Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno


Cuando una persona fallece, los herederos tienen que hacer múltiples gestiones para poder dividir la herencia. Los herederos, además de manejar la carga emocional de sufrir la pérdida de un ser querido, tienen que darse a la tarea de verificar si existe testamento; y de no existir, iniciar el trámite de hacer una declaratoria de herederos. Entre los asuntos que se deben atender con premura, es presentar la Planilla de Caudal Relicto ante el Departamento de Hacienda. De no hacerlo, los herederos estarán impedidos de hacer transacciones con los bienes heredados.


Luego de declararse quiénes son los herederos, ya sea por el testamento o por la vía de la declaratoria de herederos, es necesario hacer un inventario de los bienes y presentar ante el Departamento de Hacienda la Planilla de Caudal Relicto. Esta planilla tiene doble propósito: por un lado, verificar si la persona fallecida tenía deudas con el gobierno, de contribuciones sobre ingresos, CRIM, entre otras; y verificar si los bienes están sujetos al pago de la contribución sobre caudal relicto. Si todo está en orden, el Departamento de Hacienda emite, el popularmente conocido, Relevo de Hacienda. Dicho relevo es un documento requerido para hacer gestiones con la propiedad heredada, ya sea para vender, ceder, retirar dinero del banco, etc.


La planilla de caudal relicto deberá presentarse ante el Departamento de Hacienda, nueve meses después del fallecimiento de la persona. La misma tiene que incluir detalladamente los bienes que tenía el difunto a la fecha de morir. Los bienes incluyen propiedades, vehículos de motor, cuentas bancarias, etc. De igual manera, se puede restar del valor de los bienes las deudas que tenía el causante al momento de morir. Estas deudas, incluye las hipotecas, préstamos de auto, préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, etc. Además, se pueden incluir los gastos de funeral, hasta un tope de $6,000 y los gastos incurridos de honorarios de abogados y contadores.


La Certificación de Gravamen, conocido también como el Relevo de Hacienda, es un documento requerido al momento de hacer la transferencia de una propiedad en el Registro de la Propiedad; además el banco requerirá dicho documento si el heredero desea hacer un refinanciamiento sobre un préstamo hipotecario o venta de la propiedad. De no tener el documento, no se podrá lograr la transacción.


El Relevo también será solicitado para transferir dinero de una cuenta bancaria a otra y si desea transferir o vender un vehículo de motor. Las instituciones bancarias no entregarán dinero a los herederos, sin el correspondiente relevo. Se permite la entrega de una cantidad sin el relevo, con el propósito de que se puedan sufragar los gastos del funeral y los inicios del trámite de determinación de los herederos.


La planilla de caudal relicto debe rendirse con respecto a las personas que eran residentes de Puerto Rico al momento del fallecimiento y las personas no residentes que tenían propiedades localizadas en Puerto Rico.


El trámite ante el Departamento de Hacienda lo puede iniciar cualquier persona que esté en posesión de la propiedad, ya sea el viudo, los herederos, el administrador de la herencia, el abogado de la sucesión o el contador. La planilla es un documento que tiene mucho detalle, por lo que es recomendable que la misma la prepare un profesional que trabaje este tipo de asunto.


Es importante establecer cuál es el valor que se utilizará al momento de vender el bien heredado para determinar la ganancia sobre la venta. Sobre la ganancia de la venta del bien, los herederos tendrán que pagar impuestos. Por tal razón, mientras más bajo sea el valor que se incluya en la planilla de caudal relicto, más alta será la ganancia al momento de la venta y más contribuciones tendrá que pagar el heredero.


De lo expuesto anteriormente, podrán notar que los procesos de división de herencia son de varias gestiones que dependen unas de otras. Es recomendable que se asesore legalmente para asegurar la validez de los trámites que haga y no surjan complicaciones posteriores en el proceso de la partición.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, búsquenos en Facebook, o visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

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