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Municipio de Humacao es sancionado por no proveer libre acceso a Testigos de Jehová



El Lcdo. José Antonio Lebrón Peña junto al alcalde de Humacao, Julio Geigel Pérez.

Redacción Editorial Semana, Inc.


El Municipio de Humacao tuvo que pagar $7,200 como parte de una sanción impuesta por el juez federal Jay A. García Gregory luego de que el magistrado lo declarara en desacato por violación al interdicto que impone a los municipios proveer a los Testigos de Jehová acceso a las urbanizaciones cerradas para que puedan ejercer su derecho al libre ejercicio de su ministerio bajo la Primera Enmienda.


En un fallo del miércoles pasado que concedió la moción de desacato solicitada por la Watchtower Bible and Tract Society of New York y la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová de Puerto Rico, García Gregory dijo que el Municipio de Humacao ha hecho caso omiso “descaradamente y repetidamente” de la orden judicial que permite a los Testigos de Jehová a participar en su ministerio público puerta a puerta en las comunidades cerradas de la ciudad. Además advirtió que podría emitir una orden de arresto contra el abogado interno del ayuntamiento, Lcdo. José Antonio Lebrón Peña, a menos que el municipio obedeciera su orden a más tardar este miércoles, 14 de febrero. En octubre pasado, este encontró al ayuntamiento en violación de la orden y le impuso pago de abogados y costas.


En una entrevista radial (WALO), el licenciado Lebrón Peña explicó que en diciembre pasado se envió un pago de $1,600 y que este mismo lunes estarían enviando el restante para completar los $7,200 como segunda sanción impuesta al municipio de Humacao.


La sanción se produjo después de que la organización religiosa presentara una moción para obligar a la ciudad a acatar el fallo del tribunal, argumentando que no pueden realizar su ministerio público puerta a puerta en Costa Verde (también conocida como Palmas del Mar-Costa Verde), Flamboyán Greens y Lomas de Campo Alegre, tres urbanizaciones cerradas y sin personal de acceso controlado en Humacao, debido a la negativa del municipio de entregar dispositivos funcionales de acceso a dichas urbanizaciones como lo ordena clara e inequívocamente la medida cautelar permanente.


En julio de 2016, el tribunal de distrito de Estados Unidos emitió una orden otorgando medidas cautelares declarativas y permanentes contra 42 municipios, incluido Humacao, para permitir el acceso de los grupos religiosos a sus comunidades. La orden judicial amplió una medida cautelar y declaratoria anterior obtenida contra otros 11 pueblos.


Las órdenes reafirmaron que los testigos de Jehová tienen derecho a ingresar a comunidades cerradas en sus vehículos y a estacionar sus vehículos dentro de las urbanizaciones, que la orden judicial otorga a los testigos de Jehová “acceso las 24 horas” a las urbanizaciones “en un nivel igual al de los residentes ”, que el acceso peatonal por sí solo no se ajusta a la orden judicial, que los medios de acceso proporcionados a los demandantes deben ser los mismos que los proporcionados a los residentes de las urbanizaciones.


El fallo señaló que a los testigos de Jehová se les estaban negando varios derechos, incluida la libertad de expresión, religión y viaje. A diferencia de Estados Unidos continental, donde las calles dentro de comunidades cerradas son privadas, en Puerto Rico se consideran vías públicas aunque se permite erigir puertas en las entradas de un vecindario para controlar el tráfico de quien entra y sale.

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