¿Qué logró el Trumpismo Boricua hacer con el acceso a la informacion pública? II
- Editorial Semana

- 4 dic
- 2 Min. de lectura

Por: Prof. Luis Dómenech Sepúlveda
Por: Lcdo. Raúl Tirado, hijo, Coordinador Comité
PIP Caguas
En la entrega previa, atendimos varias de las enmiendas propuestas por Rivera Shatz, Juan J. Méndez Núñez y la Rama Judicial de Puerto Rico a la Ley 141-2019. En esta terminaremos la zaga gracias al desprendimiento de Luis Domenech.
En cuanto al trámite judicial provisto por el Art. 9, estos personeros del oscurantismo propusieron un cambio sutil al procedimiento judicial para hacer valer una producción de información pública. Como recordarán, el promovido, notificado que fuere de la radicación del pleito en su contra, tiene 10 días laborables para contestar la demanda, plazo que se puede prorrogar cinco días laborables adicionales por justa causa. Pues estos señores incluyeron la siguiente oración al citado artículo: “Para efectos del término antes referido, no serán considerados días laborables aquellos días en que la entidad gubernamental funcione parcialmente o cuando la entidad gubernamental se encuentre en receso administrativo decretado mediante orden ejecutiva u orden administrativa”. En otras palabras, el plazo para contestar la demanda se hizo académico, así como el que tiene el tribunal para atender la controversia. Para tratar de subsanar todo el mal de las enmiendas propuestas, añadieron un Artículo 10, para penalizar con multas de entre $100 y $18,000 diarios a la agencia o entidad gubernamental que incumpla con una resolución judicial. Dicha sanción es inmaterial.
En resumen, el trumpismo puertorriqueño, al igual que su contraparte estadounidense, no cree en la libertad de expresión ni en nuestro derecho a estar informados adecuada y correctamente de los excesos de los funcionarios públicos para poder tomar decisiones informadas al momento de votar. En otras palabras, no creen en la democracia de la que tanto cacarean sino, que son tan o más
autoritarios que Maduro, los Castro y Ortega. Como tengo la certeza de que González Colón le impartirá su aprobación a la medida, debemos estar atentos a los pleitos que se avecinarán de parte de las comunidades, las organizaciones periodísticas y las minorías políticas para ver cómo los Jueces interpretarán la misma. Asimismo, no podemos olvidar ésta y otras afrentas contra derechos humanos básicos por parte de estos funcionarios: 1) la legislación que milita contra el derecho de la mujer adulta, así como de las menores de edad a elegir terminar un embarazo; 2) la legislación que dizque en protección de la libertad religiosa promueve la discriminación contra miembros de la comunidad LGTBQ+ y contra la salud pública al desincentivar la vacunación de nuestros niños; y 3) la legislación que, bajo el manto del derecho de los padres de educar a sus hijos, abre el espacio para censurar publicaciones científicas sobre sexualidad y afectividad .
Atravesamos uno de nuestros peores momentos en la historia reciente, pero no podemos desanimarnos ni meter la cabeza en el móvil o la tableta sino, estar atentos y combativos en nuestras comunidades levantando nuestras voces ante toda injusticia.






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