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Ataque Frontal Contra La Justicia Salarial I.

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    Editorial Semana
  • hace 11 horas
  • 2 min de lectura
Por: Prof. Luis Dómenech Sepúlveda
Por: Prof. Luis Dómenech Sepúlveda

Por Lcdo. Raúl Tirado, hijo, Presidente Comité PIP Caguas


Con la activación de la Junta de Control Fiscal en 2017, se desató una ofensiva contra el sector obrero puertorriqueño tanto en el sector público, como el privado. El desmantelamiento de la UTIER y la Ley 4-2017 de deforma laboral son claras muestra de ello. Nueve años después, el sector empresarial y algunos legisladores del PNP se han puesto de acuerdo para descarrilar el salario mínimo de la clase trabajadora puertorriqueña. 


¿Cómo surgió el concepto de un salario mínimo? De las luchas obreras del siglo 19, en especial de las mujeres y los niños que trabajaban en condiciones infrahumanas alrededor del mundo. En 1894, como resultado de sus reclamos, Nueva Zelanda aprobó la primera ley de salario mínimo. En 1906, Reino Unido hizo lo propio. Poco después, en 1909, varias organizaciones no gubernamentales estadounidenses promovieron la adopción de una ley de salario mínimo para mujeres y niños trabajadores. En 1918, en esa línea, el Congreso adoptó una para el Distrito de Columbia. Sin embargo, en Adkins v. Children Hospital, 261 US 525 (1923), el Tribunal Supremo la invalidó bajo el criterio de que violentaba la igual protección de la ley al discriminar por razón de sexo en favor de la mujer. 


Posteriormente, en West Coast Hotel Co. v. Parrish, 300 U.S. 379 (1937), el Tribunal revocó Adkins, supra. Al año siguiente, el Congreso aprobó la Ley de Normas Razonables de Trabajo que instituyó un salario mínimo federal de .25 c la hora para todos los trabajadores no-agrícolas empleados en actividades vinculadas al comercio interestatal e incluía los territorios estadounidenses. Por lo tanto, la ley se extendió a Puerto Rico. La ofensiva patronal no se hizo esperar acudiendo a los tribunales planteando que el Congreso no tenía la autoridad de reglamentar el empleo en los estados y territorios. Sin embargo, en United States v. Darby Lumber Co., 312 US 100 (1941), el Tribunal rechazó el argumento al concluir que el Congreso la tiene si la actividad estatal tiene un efecto sustancial sobre el comercio interestatal. La última revisión del salario mínimo federal data de julio de 2009, que se fijó en $7.25 por hora. 


En 1941, la Legislatura de Puerto Rico aprobó la Ley 8-1941, creando una Junta de Salario Mínimo que lo fijaría por ocupación e industria. Además, en protección de la salud, seguridad y el bienestar de los trabajadores establecería la jornada, cosa que se hizo por la Ley 379-1948, en 40 horas semanales.


En 1995, por la Ley 84-1995, desafortunadamente Roselló González logró que se equiparara el salario mínimo local al federal. Como resultado, la Junta solo fijaría y revisaría las licencias por vacaciones y enfermedad. Tres años más tarde, por la Ley 180-1998, Roselló González eliminó la Junta. Como resultado, hasta 2021, los gobiernos rojos y azules dejaron en manos de las empresas y los trabajadores fijar las escalas salariales. En la próxima columna abordaremos lo que pasó después.

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