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Documentos de planificación sobre asuntos de salud y financieros

Por: Lcda. Lisandra

Rodríguez Moreno


El comienzo de un nuevo año es un buen momento para reflexionar y poner en orden asuntos personales que postergamos con frecuencia. Existen distintos documentos legales que permiten organizar ciertas cuestiones para darle tranquilidad ante una situación inesperada o de emergencia. Hay asuntos que se pueden preparar para planificar estas situaciones imprevistas y los documentos notariales son útiles para estas circunstancias.


1.Testamentos: El testamento es el documento donde se puede especificar cómo se desea que los bienes sean repartidos al momento de que una persona fallece. Además, se puede nombrar un albacea, que será le persona encargada de administrar ese testamento y velar que la voluntad que se plasmó en ese documento se cumpla. Requiere unas garantías mínimas para los herederos forzosos, pero permite que se puedan dejar bienes a personas que no sean de la familia o que no sean los designados por la ley.


Si el testamento hecho ante un abogado notario, el mismo será inscrito en el Registro de Testamentos y existirá una constancia pública de que se hizo el testamento. El hacerlo ayuda a que sus seres queridos no tengan que hacer la búsqueda de documentos necesarios para los trámites de determinar quiénes son los herederos, además de tener la última voluntad del causante por escrito. Es importante que se reciba un asesoramiento legal para su preparación para que se puedan incluir todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido.


2. Poder Duradero: El poder duradero le permite retener control de sus activos y asuntos de salud, brindándole la oportunidad de seleccionar qué persona estará a cargo de esas circunstancias, si usted recae con una condición que lo incapacite. Si se incapacita sin tener un poder duradero, un tribunal tendrá que declararlo incapacitado y nombrará el tutor legal que estará a cargo de sus finanzas y su persona. El nombrar un apoderado le permite tener el control de la persona que velará por sus asuntos y puede especificar en el documento sus deseos del manejo de estos. Este documento deber hacerse cuando tiene su mente clara para tomar esta decisión y el mismo se mantendrá vigente y válido en el momento que se incapacite.


3. Acta de Hogar Seguro: Este es un documento que se suscribe ante un notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad, para proteger la residencia principal ante la eventualidad de que alguien le demande en cobro de dinero o daños y perjuicios. El propósito de este documento es proteger a la familia puertorriqueña y fomentar la adquisición de una vivienda adecuada y segura. Al inscribir esta acta presta un aviso a futuros acreedores que intenten cobrar sus deudas, utilizado su residencia principal.


4. Directrices Anticipadas: Este documento es de suma importancia y muchos médicos la exigen para que forme parte de su expediente de salud. En el mismo se delega a una persona de su selección la potestad para que tome decisiones sobre sus asuntos de salud, si recae con una condición de salud incapacitante o si sufre un accidente que le incapacita. Este documento se prepara siguiendo las especificaciones que se exponen en la Ley Núm. 160 del 2001. Esta ley reconoce el derecho que tiene toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, a declarar con anticipación su voluntad sobre el tipo de tratamiento médico que desea recibir, en el caso de sufrir una condición de salud en fase irreversible.


Todos estos documentos tienen una utilidad principal, que está relacionada al control de sus asuntos personales y económicos, en el caso de que usted esté incapacitado o surjan situaciones inesperadas. Además de lo mencionado anteriormente, es recomendable que verifique sus pólizas de seguro, tanto el contenido, como los beneficiarios. Otros documentos que debe tener en sus expedientes personales son: certificados de nacimiento y de matrimonio y sentencia de divorcio si aplica, tarjeta de seguro social, e información de todos sus bienes. También, las escrituras de su casa y otras propiedades, título del carro, información de cuentas bancarias, etc.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a la oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, o visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

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