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La Eliminación de Delitos Penales

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    Editorial Semana
  • hace 4 horas
  • 3 Min. de lectura



Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno


Los certificados de antecedentes penales son requeridos para múltiples gestiones, entre ellas empleos, licencias profesionales y beneficios gubernamentales. Por tal razón, cobra gran importancia que, si cometió algún delito, se limpie su record para continuar sus gestiones cotidianas en la sociedad. El hecho de haber cometido un delito no debe ser un impedimento para reintegrarse a la libre comunidad.


La Ley 314 del 15 de septiembre de 2004, provee el mecanismo legal para eliminar delitos de su récord penal y estableció como política pública la rehabilitación penal. El proceso se puede hacer para delitos menos graves y algunos graves. Para eliminar los delitos menos graves, debe solicitarse seis (6) meses después de haber cumplido la sentencia impuesta y el procedimiento es uno más sencillo. Para trámitar eliminación de delitos graves, el término es cinco (5) años después de cumplir la sentencia. No todos los delitos graves son eliminables; hay delitos que por disposición de ley no se pueden eliminar. De igual manera, las personas cuya información se encuentre en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abuso Contra Menores o en el Registro de Personas Convictas por Corrupción, no se pueden beneficiar tampoco de esta Ley.


¿Cómo puedo limpiar mi récord de antecedentes penales? Dependiendo cuál sea su situación particular, será el proceso para eliminar las convicciones de su record penal. Si sus convicciones son delitos menos graves, debe: (1) haber transcurrido un mínimo de seis (6) meses desde que se terminó de cumplir su la sentencia; (2) no se puede haber cometido otro delito desde que se cumplió la sentencia; (3) demostrar que tiene buena reputación en su comunidad; (4) suscribir una declaración jurada con información detallada suya y de los delitos. Además se debe acompañar con la declaración jurada los siguientes documentos: (1) Certificado de antecedentes penales; (2) copia certificada de la sentencia; (3) certificado de la Administración de Corrección que cumplió la sentencia. Estos documentos se presentan en el Cuartel General de la Policía, acompañado de un sello de rentas internas de $20.00.


Si sus convicciones son delitos graves, debe: (1) haber transcurrido un mínimo de cinco (5) años, a partir de que halla terminado de cumplir su sentencia; (2) no haber cometido delitos adicionales desde que cumplió la sentencia; (3) tener buena reputación en su comunidad. Si cumple con lo anterior, se presenta una Petición ante el Tribunal de Primera Instancia que le corresponda y se tienen que acompañar los siguientes documentos: (1) Certificado de Antecedentes Penales; (2) copia certificada de las sentencias de los delitos cometidos; (3) certificado expedido por la Administración de Corrección sobre el cumplimiento de la sentencia; (4) declaraciones juradas de, por los menos dos (2), testigos que conozcan de sus convicciones y que puedan dar fe de su buena reputación en la comunidad; (5) cualquier otro documento que el Tribunal o el fiscal soliciten. El Tribunal de Primera Instancia podrá señalar una vista para este proceso y, si lo hace, deberán estar presente los testigos disponibles para comparecer a dicha vista. La solicitud puede ser rechazada si no cumple con todos los requisitos enumerados en la ley, que sea sospechoso de otro delito o que el tipo de delito no es eliminable.


Recientemente el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión que aún eliminando las convicción de su récord penal, no se podrán recuperar las huellas dactilares y fotos de fichaje. Luego de varios años de debate sobre este asunto y decisiones conflictivas por diversos foros judiciales, el Tribunal Supremo interpretó que las fotografías, huellas dactilares y datos recopilados son útiles para la investigación de crímenes futuros. El asunto de la devolución de la información es un asunto que se atiende en Ley 45 de 1983 y únicamente permite devolver los datos de la persona cuando es absuelta o cuando es indultada de forma total por el gobernador. La eliminación de convicciones no da el derecho de la devolución de los datos, que se aclaró serán retenidos en los archivos de los sistema de justicia del país.


El proceso de Eliminación de Convicciones parece sencillo, pero es uno que consiste de mucho detalle y siempre necesitará la asistencia de un abogado-notario, por lo menos para las declaraciones juradas requeridas. Es importante que busque asesoramiento para que pueda llevar a cabo el proceso de la manera correcta.


La información brindada en este artículo es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal específica. Para una consulta personalizada, se pueden comunicar a las oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, búsquenos en Facebook, visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.

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