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  • Foto del escritorEditorial Semana

Ley para un Trabajo sin Acoso

Por: Dra. Gladys Garay Sánchez

Educadora en Ciencias de la Conducta Humana y Salud Pública-Mediadora de Conflictos


El cómo se relaciona con los demás al ejercer unas tareas en su empleo, conduce al disfrute o incomodidad en el trabajo. Ese bienestar y el sentirse útil, mientras se desempeña como servidor, es necesario para un ambiente laboral saludable. Se invita a disfrutar de su empleo y se limite del acoso laboral.


Si has percibido en el escenario en que trabajas que, de manera recurrente y persistente, una persona o un grupo mantiene relaciones de hostilidad, agresión o violencia psicológica hacia ti u otros, reconoce que enfrentas el acoso laboral. El acoso en el trabajo afecta la comunicación, el rendimiento, la producción y destruye la reputación, a tal modo que perturba las tareas a realizar y obstaculiza el disfrute.


Algunos trabajadores sufren un mínimo de dos conductas de acoso, en una frecuencia semanal o diaria (Ferris, 2009). Por un lado, cuando una persona es acosada, por lo regular, exhibe conductas y sentimientos poco saludables, como la alteración del estado de ánimo, desconfianza en sí mismo e inseguridad. Por otro lado, los acosadores sienten envidia y celos del éxito del acosado; demuestran actitudes poco colaboradoras que infunden al acosado incomodidad, miedo, intimidación o angustia. Estos sentimientos reflejan un efecto a la empresa y a la salud integral de los involucrados. Sea entre compañeros de trabajo, supervisores o jefes, es necesario concienciar, prevenir y manejar el acoso laboral.


Pensamientos de “no tengo ganas de ir al trabajo” o “me dan ganas de faltar”, son señales de un probable acoso laboral. El acosado siente que se le desprestigia, ridiculiza y le limitan de reconocimientos. Hasta puede ser avergonzado frente a otros por imponérsele tareas irrelevantes de sus funciones para que se le perciba como incompetente a la labor asignada. O puede ser amenazado cuando se le reducen horas laborales o sus funciones se asignan a otros.


En ocasiones, la persona acosadora limita al acosado del acceso a recursos para cumplir sus funciones. Hasta hace expresiones en público que faltan a su credibilidad como “está demente, loca; ¡se le olvida todo!”, “es incompetente”. A veces, se incluye la discriminación, aludiendo a la raza, género, origen familiar u otro. Por ejemplo: “Tenía que ser mujer”, “negro/a” o de alguna área residencial.


Ciertas manifestaciones de manera recurrente y persistente que constituyen acoso laboral son levantar la mano, colocar el puño sobre el escritorio, manotear y hasta hablar en voz alta para intimidar, entre otros. También es muy frecuente el uso de humillaciones por el trabajo realizado como “esto es una porquería”. Otra manera es burlar la apariencia física o vestimenta del empleado con una mirada o gesto. El asunto se agrava cuando debido al ataque a la reputación y seguridad, se aleja al acosado de otros, lo que limita su interacción con los compañeros.


Estos eventos son los que propician en el acosado efectos emocionales como estrés, coraje, angustia, temor, ansiedad, ataque de pánico, depresión y en el peor de los casos, el suicidio. También pueden presentarse condiciones fisiológicas como alteración de la hipertensión arterial, entre otros signos y síntomas. Todos estos causales de lo denominado e indicadores psicopatológicos son ocasionados por el acoso laboral (Ferris, 2009). Su efecto es tan fuerte que genera la fobia al trabajo con sus pérdidas económicas y la alteración mental y emocional. Esto repercute en su discapacidad para reconocer las competencias, la autoestima alterada, el delirio de persecución, la percepción de discriminación o el sentimiento de desprotección laboral.


Ausculta si se te limita conciliar el sueño, se te dificulta la concentración, te sientes triste, angustiado o mal humorado a causa del trato en el trabajo. Evalúa también si te falta el apetito, recurres a adicciones que antes no tenías como el café, el alcohol, el tabaco u otras, para canalizar estas emociones. Su consumo puede responder al acoso laboral. Si alguno de estos se cumple, busca ayuda. En consecuencia, la Organización Mundial de la Salud recomienda un protocolo de acción sugerida en cada organización para la reducción de indicadores psicopatológicos generados por el acoso laboral.


Ley Para La Prohibición Y Prevención Del Acoso Laboral En Puerto Rico- Se invita a los involucrados del acoso laboral y trabajadores en general al reconocimiento de que, Puerto Rico cuenta con la Ley # 90 del 2020, para su prohibición y prevención. Facilita la existencia de recursos de apoyo para la disolución de la situación porque esas señales necesitan atenderse. El Dpto. del Trabajo cuenta con un protocolo de atención al asunto, por lo que cada empleador procurará su acceso para manejar el acoso laboral.


A lo expuesto, se contempla designar a una persona en el negocio o entidad para que trabaje y encamine el protocolo de acción a seguir. De los involucrados o la persona afectada estar en descontento por lo resuelto o planteado dado al acoso en el empleo, se recomienda la intervención de un Mediador de Conflictos certificado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.


Debido a que el acoso laboral es una conducta cada vez más frecuente entre los espacios laborales (Peña Mendoza, 2021), la mencionada ley recomienda que patronos y empleados conozcan sus derechos y obligaciones ante el tema. Es pertinente que el acosado comunique su situación a superiores y compañeros de total confianza, familiares y amigos, tan pronto lo perciba. El acoso laboral es motivo para divulgar a recursos humanos de la organización y, en casos extremos, hasta otras agencias para acciones correspondientes.


Por lo tanto, la consulta a un profesional para que atienda las expresiones, ideas, actitudes, conductas y emociones de los protagonistas del acoso es muy necesaria. Lo importante es la eliminación de la tolerancia al acoso laboral. Si necesitas ayuda, comunícate al ggscuartest@gmail.com

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