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  • Foto del escritorEditorial Semana

La quiebra como un nuevo comienzo


Por: Lcda. Lisandra Rodríguez Moreno


La quiebra es el proceso legal que permite que una persona reorganice su situación económica y empiece su vida financiera nuevamente. El propósito es proteger a los deudores para que no pierda todos sus bienes. Existen distintos tipos de quiebra y los beneficios son distintos en cada tipo. En términos generales hay un tipo que le permite eliminar todas sus deudas y hay otro tipo que le permite hacer un plan de pago para repagar sus deudas de una manera más cómoda.


Para los individuos existen dos tipos de quiebra: (1) Capítulo 7- liquida los bienes y propiedades del deudor y paga las deudas, o parte de las deudas, con el producto de la venta; si no hay bienes, las deudas se eliminan en su totalidad, (2) Capítulo 13- hace un inventario de las deudas y se hace un plan de pago para el repago de las deudas.


En la petición de quiebra se puede incluir todas las deudas. Básicamente existen dos tipos de deudas: (1) las deudas aseguradas – son las deudas en las que una propiedad garantiza el préstamo. El acreedor tiene la opción de ir contra la propiedad para recobrar la deuda. Las más comunes son las hipotecas, los prestamos de vehículos de motor y prestamos de mueblerías; (2) las deudas no aseguradas – son deudas sin garantía, como las tarjetas de crédito, préstamos personales, etc.


Cuando se presenta una petición de quiebra se activa una orden de paralización que prohíbe que se hagan gestiones de cobro contra el deudor, se paralizan las demandas, embargos de bienes y salarios, ejecuciones de hipoteca, reposesiones y cualquier otra acción dirigida al cobro de las deudas. El objetivo principal es obtener el relevo de las deudas, se consigue cuando se termina el proceso del Capítulo 7 ó cuando el plan de pago del Capítulo 13 es aprobado. Los acreedores solicitan la evidencia de la presentación de la quiebra para dejar sin efecto sus gestiones de cobro.


Hay deudas que no pueden ser eliminadas en un proceso de quiebra, como por ejemplo: deudas no informadas en el trámite de quiebra, algunos impuestos y multas, deudas contraídas brindando información falsa, prestamos de estudiantes (hay excepciones), entre otras. En el proceso de la quiebra también es posible proteger a un codeudor de un préstamo.


La información brindada en este articulo, es una orientación general y no debe ser considerada como una consulta legal especifica. De necesitar una consulta personaliza, se pueden comunicar a la oficinas del Estudio Legal Rodríguez Moreno, al 787-603-5199, ó visite nuestra página web: www.estudiolegal-pr.com.


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