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El indulto que perdona

  • Foto del escritor: Editorial Semana
    Editorial Semana
  • hace 7 días
  • 2 Min. de lectura

Por: Nitza Morán Trinidad


Para hablar del perdón presidencial o del indulto, es preciso entender que esta facultad recae exclusivamente en los presidentes y gobernadores, quienes tienen la autoridad constitucional para perdonar la pena o las consecuencias legales de un delito cometido. Sin embargo, el indulto no borra el acto ni elimina la culpabilidad; no equivale a una absolución ni a una exoneración total.


Recientemente, el presidente Donald Trump concedió un indulto a la exgobernadora Wanda Vázquez Garced, una decisión que tomó por sorpresa a gran parte del país. Para muchos, resulta difícil determinar si se trató de un acto de clemencia humanitaria, de una corrección ante una alegada injusticia judicial o, más bien, de un favor político cuidadosamente calculado. Conviene recordar que la exgobernadora admitió culpabilidad en su proceso federal. Esto implica que el sistema de justicia cumplió con su función de investigar, acusar y obtener una confesión de los hechos. Lo que se borra con el indulto no es la culpa, sino la consecuencia penal: en este caso, la cárcel o el arresto domiciliario.


Cuando el perdón se concede tras una admisión de culpabilidad, la pregunta es inevitable: ¿estamos ante un acto de misericordia o ante un ejercicio de impunidad selectiva? El indulto, según ha trascendido, proviene de un presidente con un historial documentado de utilizar la clemencia como herramienta política, ya sea como gesto de lealtad o afinidad ideológica. En el contexto de Puerto Rico, este acto confirma cómo el poder legítimo del Ejecutivo puede utilizarse no para fortalecer la confianza en el sistema de justicia, sino para neutralizar sus efectos cuando estos resultan políticamente inconvenientes.


Los defensores del indulto sostienen que se trata de una facultad constitucional, y eso es incuestionable. El problema no radica en si el presidente podía hacerlo, sino en cómo y por qué se ejerce esa facultad. Cuando la clemencia se otorga sin transparencia, sin una justificación pública sólida y en contradicción directa con los hechos admitidos por la persona beneficiada, la percepción de favor político se vuelve inevitable. Este tipo de decisiones profundiza en la desconfianza ciudadanía.


La corrupción gubernamental ha sido ampliamente repudiada, no solo por su costo económico y social, sino por el desgaste institucional que provoca. Se trata de líderes que llegan al poder gracias a la confianza depositada por los constituyentes y que, una vez allí, traicionan ese mandato. Por eso, la indulgencia frente a la corrupción resulta, para muchos, intolerable e injustificable.


No se indultó la duda; se indultó la culpa. Y cuando la culpa se perdona sin rendición de cuentas ni un arrepentimiento público significativo, el efecto es corrosivo para el estado de derecho. No se trata de sanar una injusticia, sino de enviar un mensaje peligroso: que, para algunos, la ley es negociable según la cercanía o lealtad al poder.


La autora es senadora por San Juan,

Aguas Buenas y Guaynabo

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